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Todo aquel egresado de diferentes
institutos de enseñanza, de cursos y carreras análogos a los que nuestra
Institución dicta y la extensión o certificación que oportunamente le
hicieron de sus estudios no lo certifica correctamente y que podría
tratarse de las siguientes maneras o formas como las que siguen:
1.- Que la certificación adjudique que ha "Asistido" al curso
de...
2.- Que la certificación no declara o especifica concreta y correctamente
la cátedra de estudio y a su vez no certifica que ha sido aprobado.
3.- Que la certificación no muestra la declaración: "Habiendo
aprobado el teórico-práctico".
4.- Que la certificación, cumplimenta el requisitorio de:
"Certificado" y no se extiende como Diploma.
5.- Que la certificación no especifica el nivel académico de estudio y
la extensión al respecto está adjudicada con nominaciones que no titulan
correctamente, como por ejemplo: "Experto, Parapsicólogo,
Mentalista, Psicorientólogo, Metapsíquico, Rabdomante, etc." y que
tendrían que haberse declarado, en primer término: el nivel académico
de estudio, como por ejemplo: Primer Nivel, Segundo, Tercero... En segundo
término: la titulación del Nivel, por ejemplo: Primer Nivel Auxiliar en
Parapsicología, Cuarto Nivel Licenciado en Parapsicología, Segundo Nivel
Perito en Grafología; y en tercer término: si fuere un curso y no posee
niveles de estudio, la titulación debería ser específica como definición,
como por ejemplo: Bioenergoterapeuta, Masoterapeuta, etc.
6.- Si la certificación recibida posee el Nivel cursado y su especificación,
como de la misma manera si es un curso está especificado como definición
la titulación, pero el firmante es el profesor de cátedra y u otros, y
carece del aval del Director institucional.
7.- Si la certificación recibida posee el Nivel cursado y su especificación,
como de la misma manera si es un curso está especificado como definición
la titulación, y a su vez el firmante es el profesor de cátedra
conjuntamente y avalado por el Director institucional, pero el certificado
en su encabezado solo refiere el nombre asignado a dicha Institución,
pero no declara que la misma se encuentra legalmente inscripta en el
Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, bajo ley y transcribe el
número de dicha inscripción otorgada por el organismo de estado.
8.- Si ha cursado, por ejemplo, un Nivel de estudio en otra Institución y
quiere que la nuestra se lo reconozca para proseguir la carrera.
9.- Si ha asistido a jornadas, conferencias, seminarios, cursados, etc., y
ha sido mayormente un autodidacta y no posee certificación alguna,
considerando regularizar su situación.
A través del Centro de Estudios Parapsíquicos
y Terapias Alternativas, se pueden REVALIDAR estudios, que como más
arriba se citan, carecen de titulación y diplomatura correspondientes,
como de la misma manera no pertenecen a institutos inscriptos legalmente
para el dictado de clases. Nuestra Institución, a través del sistema de REVALIDA
DE ESTUDIOS, le brinda la titulación y diplomatura correspondiente,
adjudicándole de acuerdo al carácter que corresponda la profesionalidad
según los reglamentos que la rigen y están estipulados; y a su vez, bajo
requerimiento de la ley 13047 y su decreto 40471, de Institutos Privado no
oficiales.
DECLARAMOS: que por acta de constancia del 11 de abril de 1996 el
Ministerio de Cultura y Educación de la Nación certifica oficialmente
que El Centro de Estudios Parapsíquicos y Terapias alternativas se
inscribió en ese Organismo, como Instituto no incorporado a la Enseñanza
Oficial, de acuerdo a lo establecido en el art. 2º, inc. c, de la ley nº
13.047 y 1º del Decreto nº 40471, por actuación nº 9347/92, (Actuación
corresponde al 19 de diciembre de 1992). Prosigue la certificación de
dicho Organismo oficial declarando que lo nuestro es: un
Establecimiento de Enseñanza Libre o General (Academia). Terminando
dicha constancia citando la fecha en que se expide y declarando que es: a
los efectos de ser presentada ante las autoridades que lo requieran. Firma
la certificación de dicho Organismo Oficial, el Coordinador Técnico
de la Superintendencia Nacional de la Enseñanza Privada: Héctor Jorge
Calvi.
Por tanto, esto nos habilita en cuanto a nuestra función laboral del
dictado de clases a requerimiento de ley. Por otro lado, las materias y cátedras,
que en la presentación de 1992 en carácter de declaración jurada
hicimos tratan de: cursos, jornadas, conferencias, congresos,
parapsicología, terapias alternativas, psicotrónica, bioenergética, y
son por estas y afines que nos expedimos en nuestras titulaciones de
diplomaturas. Considerándose a este respecto, que toda documental que
nuestra Institución otorga al alumnado en general, quedan bajo la misma
ley que nos rige con los requerimientos que en ella se citan. |